Tomar la decisión de acabar vendiendo algo es muy importante, sobre todo para las personas que no conocen mucho la venta de bienes, por lo que no están acostumbradas con todas las discrepancias fiscales de la puesta en venta de bienes.
Impuestos a pagar
Estos son unos de los impuestos que se emplean en la compraventa de inmuebles, para que todo el que realice una compraventa de una vivienda de forma formal sepa cuáles serán libres de impuestos, qué impuestos se ingresarán y quiénes deben pagar.
Impuesto sobre el valor añadido (IVA)
Se incluyen en la compraventa de viviendas por parte de empresas o profesionales en la realización de actividades comerciales. Suele utilizarse para la compraventa de viviendas nuevas y el porcentaje de IVA a pagar es del 10%, excepto en Canarias, donde se aplica el IGIC 7%. Si la vivienda es pública, el IVA será del 4% y el IGIC será del 3%. En Ceuta y Melilla, se gravan los impuestos de producción, servicio e importación (IPSI). La empresa que vende la casa nueva será responsable de realizar una autoevaluación del impuesto al valor agregado en la oficina de impuestos, incluido el impuesto al valor agregado que se cobra al comprador.
Impuesto sobre transmisiones patrimoniales (ITP)
La gente que ha conseguido obtener algunos bienes y derechos por cesiones dinámicas entre entidades vivas, como por ejemplo las que forman inmuebles, prestaciones, bonos, alquileres, retribuciones y autorizaciones administrativas, están forzados a declarar impuestos. En la compraventa de vivienda, el obligado a liquidar el impuesto a través del modelo 600 es el comprador. El impuesto es por transmisiones generadas por personas físicas, no por transmisiones realizadas por empresarios o profesionales en el ejercicio de su actividad empresarial o profesional, pues están gravadas por el impuesto al valor agregado (IVA). El plazo de presentación es de 30 días hábiles, a partir de un día hábil después de la firma del contrato de compraventa, y el tipo impositivo suele ser del 10%, aunque puede variar en función de la comunidad autónoma donde se realice la liquidación.
Impuesto sobre actos jurídicos documentados
Los compradores deben pagar el impuesto por acciones judiciales documentadas, que es el 0,5% del valor declarado, o el tipo de impuesto que determine la comunidad autónoma donde se encuentra la vivienda, que van desde el 0,5% al 1,5% de las ventas. Para convertir el pago en algo formal, se deberá perfeccionar en forma de compensación automática en un formato serio e ingresado en la cuenta de la Administración Estatal de Tributación por medio del banco.
Además de estos hay que pagar también: la plusvalía municipal y el Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).








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